Becas MEFP 2019

Desde este 28 de Julio ya están aprobadas y publicadas las BECAS de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo del Ministerio de Educación y Formación Profesional MEFP para el curso 2019/2020. 

La convocatoria se ha publicado en el BOE 179, de 27 de julio de 2019 y el plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 28 de julio hasta el 26 de septiembre de 2019, ambos incluidos.

Entre toda la documentación que  hay que presentar para acreditar la Necesidad Específica de Apoyo Educativo, es necesario contar con un informe realizado por un centro psicopedagógico que reúna unos requisitos específicos de formación y donde el alumno vaya a recibir la reeducación.

En el Centro Punto & Aparte reunimos dichos requisitos y nuestro equipo puede ayudarte a preparar la documentación a la vez que te tramitamos directamente las ayudas desde aquí. Ponte en contacto con nosotros sin compromiso y te explicamos los pasos a dar.

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Qué son las becas MEFP para NEAE?

No confundáis esta ayuda con la Convocatoria General de estudios del Ministerio de Educación (beca MEC). Todos los años hay solicitantes que se equivocan al solicitarla ya que en la Sede Electrónica del Ministerio se ofrecen las dos opciones. Una vez finalizados los plazos de solicitud ese error NO tiene solución.

Estas ayudas son una alternativa a la beca general del MEC que pueden solicitar los alumnos que presenten necesidades educativas especiales «derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta» y que estén en los niveles educativos que se especifican.

LO MÁS DESTACADO:

  • Los requisitos, las cuantías y el procedimiento continúan igual que en cursos anteriores.
  • No es requisito imprescindible que el solicitante disponga de certificado de discapacidad.
  • Como en otros cursos, la ayuda concedida debe destinarse a la finalidad para la que se concede, por lo que posteriormente se exigen los justificantes de pago por reeducación pedagógica, del lenguaje, etc. (conserva las facturas)

BENEFICIARIOS

Alumnos escolarizados en centros educativos españoles que acrediten la necesidad específica de recibir apoyo educativo y reúnan los requisitos establecidos.

  1. Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH (Trastorno por déficit de atención con hiperactividad) que requiera por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Formación Profesional Básica
  1. Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas

     

  2. Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades intelectuales.
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
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REQUISITOS

  • Generales: acreditar la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria para distintas situaciones y tipos de ayudas a conceder.
  • Económicos:

    Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuyas rentas y patrimonios familiares en 2018 no hayan superado los umbrales siguientes según número de miembros:

    1 miembro 11.937,00 euros
    2 miembros 19.444,00 euro
    3 miembros 25.534,00 euros
    4 miembros 30.287,00 euros
    5 miembros 34.370,00 euros
    6 miembros 38.313,00 euros
    7 miembros 42.041,00 euros
    8 miembros 45.744,00 euros

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DOCUMENTACIÓN

 

  1. Para necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta se requerirá acreditarlo por alguna de las siguientes vías:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.
    • Certificado de discapacidad.
  1. Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje se requerirá, además de la anterior, la siguiente documentación:
    • Certificación expedida por el inspector de la zona en la que se acredite la necesidad de recibir estos tratamientos por la inexistencia o insuficiencia de la atención pedagógica proporcionada por el centro en el que está escolarizado el alumno solicitante y la inviabilidad de matriculación del alumno solicitante en un centro que disponga del servicio de reeducación requerido.
    • Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
    • Memoria expedida por el CENTRO o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual.
    • Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación establecidos en la convocatoria.
  1. Si la unidad familiar superara los límites económicos establecidos en la convocatoria para las ayudas directas, pero tuviera la condición de familia numerosa, la unidad de becas que tramite su solicitud podrá proponer de oficio la concesión de subsidio; en ese caso, se requerirá presentar la documentación que demuestre dicha condición de familia numerosa a 31 de diciembre de 2018.
  2.  Para el caso de alumnos con altas capacidades y necesidad específica de apoyo educativo:
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
    • Memoria expedida por el centro o el reeducador  que preste el servicio en la que conste las características de dicho servicio, así como las horas semanales, el especialista que lo presta y el coste.
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